GARCÍA AMADO, Juan Antonio, “Sobre los modos de conocer el derecho. O de cómo construir el objeto jurídico”

Referencia: GARCÍA AMADO, Juan Antonio, “Sobre los modos de conocer el derecho. O de cómo construir el objeto jurídico”, DOXA, núm. 11, 1992, pp. 193-217.

El presente texto es tan amplio como su propio título. Pero no por ello es poco útil: todo lo contrario, sirve a varios propósitos, entre ellos porque recuerda conceptos básicos de la iusfilosofía, en especial plantea un modelo de lectura del derecho y de sus discursos académicos, muy cercano, a mi modo de ver, al institucionalismo de Santi Romano (pero con énfasis en los tres tipos básicos de conocimiento del derecho: implicación vivencial ordinaria (c1), implicación operativa o práctica (c2) y conocimiento teórico del derecho (c3)): "Pues bien, la tesis que se sostiene sería que, en tanto entendemos el derecho primaria y originariamente como discurso, como discurso jurídico, como discurso sobre el derecho, C2 y C3 formarían parte de un mismo discurso constitutivo de lo jurídico y destinado a influir sobre C1. El derecho sería obra de quienes en C2 y C3 lo dicen, del hablar sobre él en esos niveles. Y de los discursos en pugna triunfaría aquel que consiguiera hacerse efectivo en C1, momento a partir del cual los operadores jurídicos no podrán ya perder de vista que el «derecho vivo», bajo la forma que sea, es aquel que es socialmente acatado y reconocido, por mucho que pueda ese reconocimiento resultar inducido desde los discursos operantes dentro del sistema jurídico mismo. Esto último, el reconocimiento consensual, como derecho, de lo operado dentro de ciertos mecanismos institucionales constituidos por el propio sistema jurídico, sería lo que viene a sostener Luhmann como específico del modo de imbricación social del derecho moderno, esto es, su «legitimación por el procedimiento» o anticipación del consenso social respecto de las decisiones que tengan lugar dentro de la mecánica procedimental e institucional del sistema jurídico diferenciado// Lo que se viene a mantener aquí, en suma, es la unidad de fondo entre C1, C2 y C3, si bien con la salvedad de que el discurso en Cl jugaría un doble papel, al tiempo condicionante y subordinado" (p. 202).

Finalmente, es muy útil este texto por el buen resumen que hace de las teorías de Luhmann, Teubner, Alexy y Habermas. 

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